Exfuncionario municipal busca frenar proceso por enriquecimiento
Wilfrido Adrián Cáceres Flores, exdirector financiero de la Municipalidad de Asunción y hombre de confianza del intendente Óscar “Nenecho” Rodríguez, presentó un incidente de prejudicialidad ante el juzgado penal de garantías especializado en Delitos Económicos N° 2. Esta maniobra legal busca paralizar el proceso penal en su contra por los supuestos delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos.
Como primera medida, la defensa de Cáceres, conformada por los abogados Gustavo Erico y Christian Gwynn, solicitó la suspensión de la audiencia de imposición de medidas fijada para el 4 de junio próximo. Este requerimiento se sustenta en un amparo que Cáceres presentó en julio de 2022 contra la Contraloría General de la República.
En dicho amparo, Cáceres realizó el descargo a las siete observaciones formuladas por el ente contralor en relación a sus declaraciones juradas de bienes. La defensa alega que, si bien la Contraloría elaboró un dictamen al respecto, el mismo carece de la firma de la titular de la Dirección de Dictámenes de Correspondencia, Lic. Jessica Bogado.
Asimismo, se señala que el 15 de julio de 2022, el contralor general remitió todos los antecedentes del examen de correspondencia al Ministerio Público, sin haber comunicado ni notificado a Cáceres sobre el resultado y el curso del proceso.
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La defensa argumenta que no existe un acto administrativo concreto por parte del contralor general que califique la correspondencia o no de las declaraciones juradas presentadas por Cáceres, en ejercicio de sus deberes y atribuciones establecidos en la Constitución Nacional.
Posteriormente, Cáceres amplió el amparo y planteó la inconstitucionalidad de los artículos 9° y 11° de la Ley N° 276/94 “Orgánica y Funcional de la Contraloría General de la República”. En julio de 2022, la entonces jueza penal de la Adolescencia, Edith Coronel, remitió el expediente a la sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia, donde permanece sin resolución hasta la fecha.
Los defensores sostienen que el examen de correspondencia válido debe ser necesariamente firmado por el contralor general y no por cualquier funcionario. Afirman que la narrativa desplegada por el Ministerio Público en este caso fue “al menos irresponsable”, ya que las actuaciones derivadas del examen de correspondencia podrían ser declaradas nulas por la Corte Suprema.
El 13 de abril pasado, el juez penal de garantías Rodrigo Estigarribia procesó a Cáceres, su esposa Ruth Jazmín Da Silva Almirón y la estudiante Camila Monserrat Ramírez Gómez, tras admitir la imputación presentada por el fiscal Silvio Corbeta de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA).
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En su imputación, el fiscal señaló que Cáceres presentó tres declaraciones juradas ante la Contraloría, en las que no existía correspondencia entre los bienes declarados y los ingresos obtenidos por el matrimonio. Además, se verificó que Ramírez no tendría ingresos suficientes para adquirir los inmuebles que le fueron transferidos por Cáceres y su esposa en una operación que se presume como una simulación para ocultar bienes.
Fuente: ABC.
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