Rechazan recurso y quedan firmes condenas contra fundadores del EPP
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inadmisible el recurso de casación presentado por los defensores de Alcides Osmar Oviedo Brítez y Aldo Damián Meza Martínez, dejando firmes las condenas impuestas a estos fundadores del Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP). El fallo ratifica las sentencias por el intento de homicidio contra policías de la comisaría de Ñemby que los capturaron en 2004.
El Acuerdo y Sentencia N° 73, firmado el 6 de marzo y dado a conocer al día siguiente, fue emitido por la Sala Penal de la CSJ, integrada por los ministros María Carolina Llanes Ocampos, Luis María Benítez Riera y César Manuel Diesel Junghanns. La resolución rechaza el recurso interpuesto por los defensores públicos Gloria Bernal Mazó y Carlos Galeano Ocampos contra el Acuerdo y Sentencia 44 del 4 de abril de 2024 del Tribunal de Apelación Penal de Central.
Con esta decisión, quedan definitivamente establecidas las condenas de 23 años para Alcides Oviedo y 19 años para Aldo Meza. Carmen Villalba Ayala, condenada a 17 años en la misma causa, no se adhirió al recurso de casación. Las penas habían sido ratificadas en segunda instancia en 2024, aunque fueron dictadas inicialmente en 2020 por un Tribunal de Sentencia.
El proceso penal se inició tardíamente en 2018, cuando la Fiscalía presentó imputación contra los tres por intentar matar a los policías que los capturaron el 2 de julio de 2004. Esta acción judicial se produjo cuando estaba por expirar el plazo para investigar el caso y sirvió para mantener en prisión a los terroristas que estaban próximos a cumplir otras condenas. Las víctimas del intento de homicidio fueron el entonces comisario Merardo Palacios Melgarejo y los suboficiales Francisco Solano López y Alberto Leonardo Barboza Blanco de la comisaría 7° Central de Ñemby.
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Durante el enfrentamiento ocurrido en la ruta que une San Lorenzo con Ñemby, los criminales utilizaron metralletas e incluso lanzaron granadas que afortunadamente no explotaron. Actualmente, Oviedo Brítez, de 55 años, permanece recluido en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional en Asunción y debería quedar en libertad en 2041 por esta causa. Carmen Villalba, de 54 años, está en la cárcel de máxima seguridad de Minga Guazú con perspectiva de liberación en 2035, mientras que Meza Martínez, de 44 años, también está en la Agrupación Especializada hasta 2037.
Los tres condenados son miembros fundadores del EPP y tienen historial criminal significativo, incluyendo participación en los secuestros de María Edith Bordón de Debernardi (2001-2002) y Cecilia Mariana Cubas Gusinky (2004-2005), quien fue posteriormente asesinada. Oviedo Brítez cuenta además con otra condena de 40 años por el secuestro de Arlan Fick Bremm en 2014, evidenciando la peligrosidad y el extenso prontuario delictivo de estos integrantes de la organización terrorista.
Fuente: ABC Color
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