Sancionan a abogada de Diego Lansac por mala fe procesal
El Tribunal de Sentencia Nº 1 de la Capital declaró litigante de mala fe a la abogada Rocío Del Mar Molinas Cálcena. La medida responde a su incomparecencia injustificada durante el juicio oral seguido contra Diego Raúl Lansac Gómez. El acusado enfrenta un proceso vinculado a un supuesto caso de sextorsión en la jurisdicción de Asunción.
El colegiado estuvo integrado por los magistrados Héctor Capurro Radice, Yolanda Portillo y Juan Carlos Zárate Pastor. Los jueces determinaron que la profesional incurrió en un ejercicio abusivo del derecho. Esta conducta generó dilaciones indebidas que afectaron directamente el cronograma del sistema judicial paraguayo y la celeridad del proceso.
La abogada asumió la defensa técnica pocos días antes del inicio de la audiencia pública. Al momento de la cita, justificó su ausencia alegando problemas de salud familiares y superposición de compromisos laborales. Sin embargo, los informes oficiales confirmaron que su otra audiencia había sido suspendida con antelación y notificada debidamente.
¿Cuáles fueron las consecuencias de la mala fe?
La ausencia de la defensora dejó al acusado en un estado de indefensión técnica ante el tribunal. Debido a esta situación, el colegiado declaró la rebeldía de Diego Lansac Gómez y suspendió el juicio oral. Los magistrados calificaron la falta como grave por las consecuencias procesales negativas que provocó su inasistencia.
Ante estos hechos, el tribunal resolvió cancelar la personería de Molinas Cálcena, dándose por abandonada la defensa del procesado. Esta decisión se fundamenta en las normativas establecidas dentro del Código Procesal Penal. La abogada ya no podrá representar legalmente al acusado en las siguientes etapas de esta causa específica.
Detalles de la sanción y comunicación oficial
La resolución impone una multa disciplinaria de veinte días multa, cifra que asciende a Gs. 2.230.040. Este monto equivale a veinte jornales mínimos para actividades diversas no especificadas. La sancionada deberá abonar el dinero en un plazo de 24 horas una vez que la resolución judicial quede firme.
Finalmente, el tribunal ordenó informar sobre esta sanción por litigante de mala fe a la Corte Suprema de Justicia. La decisión deberá constar en el registro profesional de la abogada para los antecedentes correspondientes. Se busca así evitar que este tipo de prácticas dilatorias se repitan en los tribunales del país.
Fuente: PDS Digital
Titulares
Rivas y su esposa se graduaron el mismo año en Derecho
Irán endurece control del estrecho de Ormuz y limita tránsito marítimo
Tres muertos tras choque entre moto, auto y camioneta
Sábado caluroso: máximas de hasta 34°C
Investigan presunta contaminación del lago Acaray
Lo más leído
- “Economía de guerra”: Rubin pide que el ajuste empiece por la clase política
- Meteorología prevé máximas de 38 °C y chaparrones aislados
- Paraguaya asesinada en Perú: mafia exigía “cupo o muerte”
- Caso Scanner: chats revelan pedido de G. 5 millones a Líder Amarilla
- Paraguay se convertirá en sede de la cumbre ALIDE 2026
- MIC destaca impacto del grado de inversión en la economía
- Jefe policial apartado tras denuncias por “industria de traslados”
- Denuncian estudios irregulares en controles escolares
- Máximas de hasta 38 °C y tormentas puntuales en el país
- Diego Gómez encabeza el ranking de los futbolistas paraguayos más valiosos, según Transfermarkt